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20 junio, 2020
Cualquiera de los 4 tipos de contrato laboral en Colombia, es una de las principales herramientas para vincular colaboradores a una compañía, y aunque no es la única, sí es la que permite más control sobre las actividades del trabajador y habilita al empleador para exigirle de manera mucho más detallada el cumplimiento de tareas y obligaciones.
En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de los 4 tipos de contrato laboral en Colombia. Te diremos cuáles son los elementos que hacen que exista un contrato laboral y las implicaciones y obligaciones del empleador y del trabajador. Hablaremos también de la jornada máxima diaria y semanal, el salario, la seguridad social, vacaciones, cesantías, primas, entre otros. Para cuando termines de leer este artículo, sabrás qué es un contrato laboral, qué obligaciones deben cumplirse y qué derechos y prohibiciones deben respetarse; además, conocerás qué tipos de contratos laborales existen y las diferencias entre ellos.
Este mayor control por parte del empleador también implica que la empresa debe cumplir con algunas obligaciones, como la cotización y pago al sistema de seguridad social: salud, pensión, cesantías, riesgos laborales (ARL), y otras cargas como pago de recargos, vacaciones y entrega de dotaciones.
Cualquiera de los 4 tipos de contrato laboral en Colombia, el trabajador se compromete personalmente a hacer algunas labores específicas para el empleador. El trabajador deberá seguir sus órdenes y a cambio recibirá un pago, y aunque esta definición parece simple, es importante saber que muchas veces no es tan fácil decidir si se debe firmar un contrato laboral o no, pues esto depende de la realidad de la relación y no del nombre que le pongamos al contrato, es decir, el contrato laboral a veces existe, aunque no queramos.
Por eso, lo primero que hay que saber es qué aspectos definen la existencia de un contrato laboral.
¿CUÁNDO EXISTE UN CONTRATO LABORAL?
Hay tres factores que definen la existencia de un contrato laboral; si estos factores se cumplen, sin duda existe un contrato laboral y hay que cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social. Los siguientes son los tres elementos que se deben conocer al pie de la letra para saber si existe un contrato laboral:
Es muy importante tener claro que la clave para determinar si un pago es salario o no, es la frecuencia y la obligatoriedad. Si un pago se hace de manera constante y es obligatorio, será considerado salario.
Una vez confirmamos que existe un contrato laboral por la presencia de los elementos que acabamos de mencionar, el empleador y el trabajador deben cumplir ciertas obligaciones.
Existen 4 tipos de contrato laboral en Colombia que se clasifican dependiendo de su duración y de la necesidad. A todos ellos les aplican las obligaciones, derechos y prohibiciones que vimos anteriormente; sin embargo, tienen algunas diferencias. Veremos a continuación las características del contrato laboral a término indefinido, el contrato a término fijo, el contrato por duración de la obra o labor y el contrato laboral ocasional o transitorio.
En el contrato laboral a término indefinido no existe una fecha determinada de finalización, no tiene un límite de tiempo y, por lo tanto, solo se termina cuando alguna de las partes, o las dos, así lo quieran, con o sin justa causa.
El contrato será indefinido si así se acuerda en el contrato; sin embargo, también debemos tener en cuenta que, si en los contratos laborales no se dice expresamente su duración, se entenderá que son indefinidos.
En este tipo de contratos, se puede pactar un periodo de prueba de máximo 2 meses. Este es el periodo inicial del contrato en donde las partes podrán conocerse y evaluarse; en este tiempo cualquiera de las partes podrá terminar el contrato sin justa causa y ello no implicará que se deba indemnizar al trabajador. El periodo de prueba siempre debe ser acordado por escrito.
En caso de que se termine un contrato laboral a término indefinido sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de acuerdo con lo siguiente:
Los contratos laborales de este tipo deben hacerse siempre por escrito tienen una duración fija, es decir, terminan en una fecha determinada. La duración máxima de un periodo de este contrato es de tres años; no obstante, se puede renovar cuantas veces se quiera.
Esta renovación tiene algunas reglas. Debemos saber que si la duración inicial del contrato es de menos de un año (periodo inicial), el contrato solo se podrá renovar tres veces por periodos de menos de doce meses. Esto quiere decir que la cuarta renovación y las siguientes, deberán hacerse mínimo por un año.
El periodo de prueba en el contrato a término fijo es de máximo el 20% de la duración total del periodo inicial y en todo caso no puede ser de más de 2 meses. Este periodo de prueba solo se podrá hacer en el periodo inicial del contrato, no en las renovaciones.
En caso de que se termine un contrato laboral a término fijo sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de acuerdo con lo siguiente:
Este contrato se termina cuando la obra, labor o actividad para la que se contrata al trabajador se acaba. Esto significa que cuando a la empresa que contrata se le termina la obra o actividad, el contrato laboral también se terminará y esto no será un despido sin justa causa.
El contrato por obra o labor permite que la empresa firme un nuevo contrato con el trabajador cuando tiene otra obra o actividad en la que el mismo trabajador pueda prestar sus servicios; no obstante, cada contrato es una relación laboral diferente.
En este contrato también puede haber un periodo de prueba para el trabajador. Este periodo no puede ser de más de dos meses o el 20% de la duración estimada de la obra o labor.
En el contrato por duración de la obra o labor es muy importante definir bien cuáles son los detalles de la actividad que hará el trabajador y cuándo se entiende que la actividad está terminada, pues de esto dependerá la terminación del contrato.
En caso de que se termine un contrato laboral por duración de la obra o labor sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de acuerdo con lo siguiente:
Este es un contrato de duración fija que no puede ser superior a un mes. Este contrato debe ser únicamente para ejecutar actividades distintas a las que normalmente desarrolla el empleador.
Los trabajadores ocasionales o transitorios tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador, y se debe cumplir con todas las obligaciones laborales y de seguridad social.
En caso de que se termine un contrato laboral ocasional o transitorio sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de acuerdo con lo siguiente:
Estos han sido los cuatro tipos de contratos laborales que existen en Colombia y sus características principales. Como dijimos antes, todos los tipos de contratos laborales implican el cumplimiento de las obligaciones laborales, los derechos y las prohibiciones que ya explicamos en este artículo.
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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR EN UN CONTRATO LABORAL
Las obligaciones del empleador están determinadas por la Ley, el reglamento interno de trabajo y por el contrato laboral. Cuando se firma un contrato laboral, el empleador debe respetar las siguientes reglas:
Además de lo anterior, el empleador debe cumplir con otras de las obligaciones derivadas del contrato laboral; estas son:
Si el trabajador vive en el lugar de trabajo, si la empresa es la que le da el transporte o si el trabajador no gasta dinero en transporte, este auxilio no debe ser pagado.
Si el trabajador no usa la dotación, pierde derecho a recibirla en la siguiente fecha de entrega.
Existen varios tipos de jornada laboral, sin embargo, la más usada es la jornada ordinaria máxima de 8 horas diarias y 48 horas semanales. La jornada se podrá aumentar en 2 horas al día (sin superar las 48 horas semanales), sólo si el trabajador descansa los sábados. Se pueden pactar jornadas inferiores a esta pero solo excepcionalmente se podrán acordar jornadas superiores, algunas excepciones son las siguientes:
Debemos recordar que un trabajador no puede hacer más de dos horas extra al día ni doce a la semana.
El pago de cesantías será igual a un mes de salario por cada año trabajado (o proporcional si el tiempo es menor). Estas se deben consignar al fondo de cesantías que elija el trabajador antes del 15 de febrero del año siguiente, no se deben pagar directamente al trabajador.
Es posible que una parte de las vacaciones se pueda compensar en dinero, es decir, que el trabajador no las disfrute y que, en su lugar, reciba un pago. Sin embargo, lo máximo que se podrá compensar son 9 días, lo que significa que el trabajador deberá salir a vacaciones por lo menos 6 días hábiles seguidos al año.
Ya hemos visto las principales obligaciones de los empleadores en los contratos laborales; sin embargo, los trabajadores también tienen obligaciones que deben cumplir. A continuación, las más importantes:
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR EN UN CONTRATO LABORAL
El trabajador debe cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley, el reglamento interno de trabajo de la compañía y el contrato laboral. Si bien las obligaciones del contrato serán acordadas en cada caso por el empleador y el trabajador, las del reglamento interno de trabajo serán definidas por la empresa empleadora. Sí es posible describir las obligaciones establecidas en la Ley, las cuales no se pueden contradecir ni por el reglamento, ni por el contrato. Estas obligaciones son las siguientes:
Además de estas obligaciones, el trabajador tiene prohibidas algunas conductas que a continuación enunciamos:
PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR EN UN CONTRATO LABORAL