Derecho de petición periodo de gracia
Solicita tiempo extra para el pago de tus obligaciones bancarias
Con un derecho de petición periodo de gracia podrás congelar el pago de las obligaciones bancarias y no tener ningún inconveniente ante centrales de riesgo.
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Lo que debes saber.
Al solicitar el cambio en las condiciones iniciales del crédito, la entidad financiera no podrá modificar la calificación en las centrales de riesgo del usuario, aumentar la tasa de interés o cobrar intereses sobre los intereses de la obligación que está siendo modificada.

Lo que debes saber.
Al solicitar el cambio en las condiciones iniciales del crédito, la entidad financiera no podrá modificar la calificación en las centrales de riesgo del usuario, aumentar la tasa de interés o cobrar intereses sobre los intereses de la obligación que está siendo modificada.
¿Qué datos necesito para solicitar el periodo de gracia?
- Nombre completo e identificación de quien solicita la extensión.
- Nombre del banco o entidad y correo electrónico.
- Créditos o deudas sobre las que se solicita el periodo de gracia.
- Saber si al 29 de febrero se estaba al día con las obligaciones ante el banco.
¿Qué es y para qué sirve la solicitud de periodo de gracia de una deuda o crédito?
La solicitud de periodo de gracia permite que el deudor, durante 4 meses, no tenga la obligación de pagar las cuotas pactadas en las fechas acordadas al inicio del crédito. Sin embargo, es muy probable que durante el tiempo de gracia sigan generándose intereses. Durante el periodo de gracia el banco no podrá hacer reportes a centrales de riesgo y por lo tanto se mantendrá la calificación crediticia que tenía el deudor al 29 de febrero de 2020.
¿Quién puede solicitar el derecho de petición periodo de gracia?
Cualquier persona que tenga tarjetas de crédito, créditos rotativos, microcréditos, créditos de libre inversión, créditos hipotecarios o créditos comerciales.
¿Existe algún requisito para solicitar el periodo de gracia?
Sí, para beneficiarse del periodo de gracia no se debe estar atrasado en el pago de cuotas por más de 30 días al 29 de febrero de 2020.
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